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El caso Pavez vs Chile

Sandra Pavez daba clases de religión católica en una escuela municipal de la comuna de San Bernardo, en Chile. La diócesis local tomó conocimiento de que la Sra. Pavez entró en una relación de pareja con otra mujer. Su obispo le advirtió que su decisión era contraria a los deberes de castidad y que si seguía en ella se vería en la obligación de revocar su certificado de idoneidad, al no dar “testimonio de vida cristiana”, que la iglesia católica espera de sus profesores. Revocado el certificado, no pudo seguir dictando esa clase en específico. Sin embargo, ello no fue impedimento para que siguiera trabajando de forma ininterrumpida en la misma escuela, siendo promovida al equipo directivo, donde seguía al menos hasta fines de 2020.

La Sra. Pavez demandó a la Iglesia por discriminación, pero su demanda fue rechazada tanto por la Corte de Apelaciones local como por la Corte Suprema de Chile y en 2008 llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Hoy el caso se encuentra ante la Corte IDH y se espera una decisión durante 2021. De su decisión dependerá si las escuelas Católicas, Evangélicas, Judías, Musulmanas o de cualquier otra comunidad religiosa, podrán procurar que sus educadores religiosos guarden sus deberes de fidelidad hacia la fe que voluntariamente dicen profesar y si los Estados respetarán el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa que sea acorde con sus convicciones.

Lo que le pide la profesora Pavez a la Corte Interamericana tendría la consecuencia que cualquier persona, independientemente de sus creencias, pueda enseñar clases de religión confesional, contra la objeción de comunidades religiosas respectivas. Así, o bien forzará a las comunidades religiosas a aceptar como maestro a quien no consideran idóneo o fiel representante de acuerdo con sus creencias, o bien, obligará la salida de las iglesias de la educación en establecimientos educativos, pues no tienen como garantizar y asegurar que dicha enseñanza será acorde con las creencias de la iglesia. Esperamos que la Corte no ignore el derecho humano básico a la libertad de religión.

Bajo este contexto es que ADF International, siguiendo su propósito de asistir en la defensa de quienes requieran protección de sus libertades fundamentales y de promover la dignidad inherente de toda persona, ha querido aportar a la decisión de la Corte en el caso Pavez vs Chile a través de una petición que ha sido firmada por más de 30 mil personas de América Latina y el Caribe, defendiendo el derecho a la libertad religiosa y el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos.

Defendamos juntos la Libertad Religiosa:

La libertad de religión es un derecho humano digno de protección como cualquier otro

La Iglesia juega un papel importante en la sociedad y ésta se beneficia de comunidades religiosas fuertes y autónomas.

El derecho internacional protege la autonomía de las comunidades religiosas a organizarse según su credo y ethos.

Todas las personas tienen derecho a vivir y expresarse libremente según sus convicciones religiosas, sin miedo a censura o discriminación.

Todos tienen el mismo derecho a participar en el debate público sin restricciones debidas a sus creencias o convicciones religiosas.

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